BASES PROMOCIÓN ONE CLIC

Sorteo Nestlé Baby&me – Concierto para bebés Palau de la Música: 

“BaBeBra & Mozart”

(Actualización de las bases a fecha 14 de abril de 2025 - Esta es una versión actualizada de las bases legales de la promoción. Se han introducido modificaciones en el apartado “segunda” y “cuarta ”)

NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), Calle Clara Campoamor, 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional que se regirá por las siguientes BASES:

Primera: Duración de la promoción. - El periodo promocional empezará el día 3 de abril de 2025 y finalizará el día 10 de abril de 2025, inclusive.  

Segunda: Ámbito geográfico. - La promoción será ámbito nacional y se desarrollará exclusivamente en el territorio de España, con excepción de las Islas Canarias y las Islas Baleares. así como Ceuta y Melilla.

Tercera: Ámbito personal. - Tendrán derecho a participar en el sorteo todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España registradas en Club Nestlé Baby&me (www.nestlebebe.es) que reciban la newsletter de la promoción, que tengan al menos un hijo de entre 0 y 3 años y que cumplan los requisitos de las presentes bases.

La promoción no es aplicable a los empleados de Nestlé, ni a aquellas personas directamente vinculadas con la organización y gestión de la promoción ni, en general, las personas jurídicas.

Cuarta: Premios y asignación de los premios. - Se sortearán 4 premios. Cada premio consistirá en hasta 4 entradas para asistir al concierto “BaBeBra & Mozart” en el Palau de la Música Catalana el día 27 de abril de 2025. El número de entradas asignadas a cada ganador dependerá del número de miembros de su unidad familiar (adultos y/o bebés de 0 a 3 años) que vayan a asistir al evento, hasta un máximo de 4 entradas por ganador.  Además, cada ganador recibirá una dotación económica de 250 euros por asistente confirmado, con un mínimo de 500 euros (2 asistentes) y un máximo de 1.000 euros (4 asistentes). Los premios se entregarán presencialmente en taquilla para asegurar la asistencia. En caso de no presentarse, se perderá el derecho al mismo sin posibilidad de reclamación.

Nestlé se reserva el derecho a sustituir el premio por otro análogo de mismo o superior valor en caso de fuerza mayor.

La promoción está limitada a un premio por persona.

Los premios se adjudicarán mediante un sorteo que se realizará a través de la aplicación Easypromos a partir del día 11 de abril de 2025. Tras adjudicar aleatoriamente los 4 ganadores, se designará, asimismo, 2 reservas por cada premio (es decir, un total de 8 reservas) para el caso de que alguno de los ganadores no cumpliera con la totalidad de los requisitos de estas bases para la obtención del premio o renuncie al mismo. El orden de sustitución de los reservas será el mismo en el que éstos fueron designadas.

Una vez obtenidos los ganadores y reservas mediante este procedimiento, Easypromos procederá a guardar dicha información y ya no se podrá repetir el proceso de selección de ganadores y reservas. Tras la realización del sorteo, Easypromos emitirá un Certificado de Validez, en el que se certifica el procedimiento utilizado y los ganadores y reservas que se han obtenido a través de ese mecanismo. El resultado se comunicará personalmente a los agraciados por Nestlé, o mediante designado por éste, mediante los datos de contacto que figuran dados de alta en Nestlé para ello es necesario que dichos datos sean veraces y funcionales y que el participante los mantenga actualizados.

Nestlé, directamente o a través de una agencia de su elección, enviará un e-mail a los ganadores comunicándoles que ha resultado seleccionados y solicitándoles confirmación de asistencia al evento. Éstes tendrán un plazo de máximo 5 días hábiles a partir de la fecha de la primera notificación para aceptar el premio y, en caso de que no vivan en Barcelona, deberán facilitar comprobantes de asistencia al evento (acreditar la compra billetes de tren o de avión o la reserva de hotel en Barcelona). Si pasado el citado plazo Nestlé no hubiera recibido la información necesaria, se entenderá que el ganador renuncia al premio y Nestlé pasará a contactar con el reserva correspondiente. En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro premio, ni podrá cederse a otra persona distinta del ganador.  

Nestlé se reserva el derecho de que cualquiera de los premios quede desierto en el caso de que ni los participantes agraciados ni los reservas cumplan los requisitos citados en estas bases.

Quinta: Entrega del premio (Tarjeta prepago y entradas al concierto). Se entregarán las entradas y Mastercard nominativo a nombre de los ganadores que deberán presentar el DNI para recogerlo en el Palau de la Música. El Ganador autoriza a que NESTLÉ comparta los datos personales (nombre, apellidos y DNI) con el Palau de la Música con la única finalidad de hacer entrega de premio.

La Tarjeta prepago Mastercard ® es válida en establecimientos adscritos a dicha red de medio de pago. El valor de la tarjeta varía en función de los miembros de la unidad, con un mínimo de 500 euros (2 asistentes) y un máximo de 1.000 euros (4 asistentes).

Una vez recibida la Tarjeta Prepago Mastercard ®, el beneficiario dispone de 3 meses para activarla desde la fecha que figure en la carta recibida. La fecha de caducidad de la tarjeta vendrá indicada en la misma, siendo de 12 meses desde su emisión. Para activarla, deberá introducir o facilitar la información requerida (Card ID, Security ID, Código de activación y fecha de nacimiento). Deberá esperar un mínimo de 24 horas tras activar la tarjeta, para poder utilizarla. Las Tarjetas Prepago podrán utilizarse durante los doce meses siguientes a su emisión, en los establecimientos físicos y portales online que acepten las Tarjetas Prepago Mastercard ® como medio de pago, y sujetas a los términos y condiciones de cada uno.
El período de validez de la Tarjeta Prepago, tras la emisión, aparece en el campo “VÁLIDA HASTA" en la parte delantera de la misma.

La Tarjeta Prepago es válida en cualquier establecimiento que acepte la Tarjeta Prepago Mastercard ® como medio de pago, sujeta a los criterios particulares de dicho establecimiento. Para pagar una compra en un establecimiento físico, hay que deslizar la tarjeta por el lateral del lector del punto de venta. A continuación, pulsar Continuar, OK o la Tecla Verde (No requiere PIN). Puede ser necesario firmar el talón de compra. Se pueden realizar todas las transacciones que se desee con la Tarjeta Prepago, mientras haya saldo disponible suficiente en la misma. Ni las empresas Organizadoras ni gestoras de la presente campaña serán responsables en caso de negativa de un establecimiento a aceptar la Tarjeta ni de una transacción rechazada por causas ajenas a las mismas.

La Tarjeta Prepago se puede utilizar en la mayoría de portales de compra online que acepten la Tarjeta Prepago Mastercard ® como medio de pago. Si la tarjeta no funciona en compras online, hay que comprobar que tenga saldo y que el sitio acepta esta forma de pago.

El derecho a la obtención de los incentivos es intransferible y no podrá ser sustituido por cualquier otro premio.

Sexta: Mecánica de la promoción. – Los usuarios podrán participar en la promoción si están registrados en el club Nestlé Baby&me y han recibido la newsletter con la promoción. Para obtener una participación en el sorteo deberán clicar en el botón de participación que encontrarán en la Newsletter.

Séptima: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá mediante Newsletter a los usuarios ya registrados en Club Nestlé Baby&me que tengan al menos un hijo entre 0 y 3 años.

Octava: Fiscalidad. A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil Nestlé la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF). De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, Nestlé practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

Novena: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.

Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.

Décima: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos: 

  1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
     

  2. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo. 
     

  3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes. 
     

En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

Undécima: aceptación de las bases. - La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.

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